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Buscan tumbar en Corte Ley 3de3 'light'

7 Julio 2016

Buscan tumbar en Corte Ley 3de3 'light'

Autor: 
Claudia Salazar y Jorge Ricardo

Cd. de México (06 julio 2016)
La bancada de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados empezó la recolecta de firmas para presentar una acción de inconstitucionalidad contra la versión "light" de la herramienta 3de3 en el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Durante la sesión del periodo extraordinario donde se aprobaron modificaciones a la ley, por observaciones del Ejecutivo Federal, la bancada de MC colocó entre las curules un "módulo" para recibir las firmas de apoyo para la acción de inconstitucionalidad. Los legisladores reunieron 94 firmas, de ellas 52 del PRD, 24 de Movimiento Ciudadano, 15 de Morena y sólo 3 del PAN.
Se necesitan 167 para cubrir el requisito del 33 por ciento de la Cámara de Diputados. La acción de inconstitucionalidad se presenta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como una prerrogativa de las minorías para sustentar que una norma aprobada por el Congreso puede no estar sujeta a la Constitución, por lo que se solicita su revisión.
El coordinador de los diputados de Movimieto Ciudadano, Clemente Castañeda, explicó que los tres argumentos pilares para la revisión en la Suprema Corte de Justicia es que la redacción del artículo 29 impide el ejercicio pleno del derecho de acceso a la información garantizado en la Constitución.
Dijo que el artículo, una vez que entre en vigor, sería contradictorio porque sostiene que debe haber publicidad en las declaraciones de los servidores públicos en lo patrimonial, de intereses y fiscal, pero al mismo tiempo la condiciona a la posible afectación de la vida privada de un funcionario, lo que sea que esto signifique.
Además, dijo, el artículo 29 establece mecanismos de control y supervisión sobre la actuación de los servidores públicos mediante la publicación de sus declaraciones, sin embargo, sostuvo, ello no se cumple con su redacción porque es inoperante e ineficaz, ya que el objetivo de la norma queda sujeto a la condición de la posible afectación de la vida privada.
El tercer argumento, indicó, es que el artículo 6 constitucional es muy claro al señalar que la información considerada confidencial o que pueda afectar la vida privada será protegida en los términos y con las excepciones que fije la ley, lo cual no está claro en la norma aprobada.