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Alertan injerencia militar en justicia

18 Mayo 2016

Alertan injerencia militar en justicia

Autor: 
Claudia Guerrero

Cd. de México (16 mayo 2016)
El representante adjunto de la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos envió al Senado un conjunto de observaciones a las reformas realizadas al Código de Justicia Militar.
En el documento se cuestiona una disposición para que las autoridades civiles sean auxiliares de la administración de justicia militar, por considerar que podría facilitar "una interferencia" militar en la esfera civil.
En otros casos, se señala que las reformas suponen una extensión de la competencia jurisdiccional militar. De acuerdo con el reporte, el Código debe establecer claramente la obligación de que la Policía Ministerial Militar informe al Ministerio Público federal -autoridad civil-, sobre delitos que no atentan contra la disciplina militar.
En las observaciones se advierte que cuando la Policía Militar Ministerial realice un inventario de objetos, instrumentos y productos del delito en casos que no atentan contra la disciplina castrense deben ponerse a disposición de la PGR o de la Procuraduría de justicia estatal que corresponda. Lo mismo debe ocurrir cuando la policía militar resguarde un lugar o rastros vinculados con un delito, cuya investigación corresponda a las autoridades civiles.
En los dos casos se recomienda salvaguardar la cadena de custodia como lo establece el Código Nacional de Procedimientos Penales. Según el documento, las autoridades militares no pueden realizar solicitudes de manera directa a civiles sino únicamente personas físicas pertenecientes al Ejército, a la Marina o instituciones militares.
Por otro lado, señala que el Código tiene que prever la obligación de las autoridades ministeriales del Ejército para colaborar y atender los requerimientos de las autoridades civiles, sin necesidad de que exista una orden o autorización del superior jerárquico u otros impedimentos que pueden convertirse en excusas o provocar dilación.
También se sugiere establecer claramente las competencias de los jueces militares de control, ya que deben ser únicamente sobre el personal militar. Además, se advierte que en ningún caso, un civil podrá ser retenido como indiciado por el Ministerio Público Militar.
Se detalla que, entre las obligaciones del Fiscal General de Justicia Militar, debe establecerse la obligación de dar conocimiento y traslado inmediato del detenido al MP del fuero común o federal.
En el caso particular de la geolocalización en tiempo real, a través de equipos de comunicación, se considera que debe quedar excluido del ámbito militar y realizarse de acuerdo con lo que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales. También se plantea que el MP militar debe turnar a las autoridades correspondientes, de manera inmediata y completa, los asuntos que no sean de su competencia.
Senadores del PRD solicitaron al Presidente Enrique Peña Nieto regresará el proyecto al Poder Legislativo para realizar ajustes. Secrecía en indagatoria Entre las observaciones de la ONU al Código de Justicia Militar se advierte que la secrecía de la investigación, para que sólo tenga acceso el personal autorizado, debe regularse para evitar la negación de datos como aparentemente se ha registrado en el caso de Tlatlaya.
"Tal vez prever que en caso de acción delitos derivados de hechos por los que hay otros delitos que afectan las civiles, las posibles víctimas civiles y sus representantes tendrán derecho a acceder al investigación", señala.
Entre otros señalamientos, se alerta sobre una disposición permitiría al Ejército defender de oficio a un militar involucrado en delitos como desaparición, ejecución o tortura durante el servicio.
"Esto amplia el ámbito de incidencia de una institución militar al ámbito civil, lo cual podría llevar a la existencia de inequidad en el trato", refiere. El documento también contiene observaciones sobre el nuevo Código de Procedimientos Militares.