Fecha:
07/Abril/2020
Promover y garantizar la participación de personas jóvenes en la postulación de candidaturas.
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Gobernación y Población.
Numero de gaceta:
5494-V
Periodo:
Segundo
Que reforma y adiciona los artículos 232 y 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de promoción de candidaturas juveniles en los procesos electorales.
Los partidos politicos promoverán y garantizarán la participación de al menos el veinte por ciento de personas jóvenes en la postulación de candidaturas a los cargos de elección popular para la integración del Congreso de la Unión y los Congresos de los Estados.
Estatus
Turnada
Impulsada por:
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